Estamos cerca de concluir el año y es momento adecuado para dar un repaso siquiera sea breve y sin ánimo de exhaustividad.
Empezamos el año negociando con el Gobierno de Aragón la concreción de los servicios sociales públicos que estableció la Ley 9/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos de Aragón. Pasado casi un año no están acordados los detalles de todos estos servicios, a buen seguro por la ausencia de una norma reglamentaria que dote de coherencia y uniformidad a las prestaciones que deben hacer los compañeros. Este déficit corre a cargo de quien tiene la potestad de desarrollar reglamentariamente nuestras leyes. Obviamente, el Colegio, no.
El Gobierno de Aragón se ha limitado a proponer convenios para fijar las condiciones de la prestación de los servicios, y ello a través de tres direcciones generales distintas -lo cual no deja de ser sorprendente y arriesgado-. Y mientras los convenios referidos a los servicios de Inmigrantes y a la Mujer parecen que pueden cerrarse, seguimos aún pendientes del que afecta a la asistencia jurídica penitenciaria.
Por otro lado, las diferencias que venían separando al Colegio de determinadas actuaciones del Gobierno de Aragón sobre el turno de oficio y la asistencia jurídica gratuita siguen esperando sentencias de nuestros tribunales.
No obstante lo anterior, al menos podemos decir que las liquidaciones trimestrales vienen liquidándose con cierta regularidad lejos ya de los insoportables retrasos que sufrimos hace unos años.
Pero aún sigue nuestra profesión huérfana de una regulación del turno de oficio, así como de una justa y actualizada normativa de la asistencia jurídica gratuita. Lo anterior no es problema nuevo y, por la sensibilidad que muestran el legislador y las autoridades públicas, no parece que se obtendrá solución en breve.
La Abogacía tiene la obligación legal de asumir la defensa, especialmente en el ámbito penal, de todas las personas, físicas y jurídicas, que están acusadas de un delito cuando las normas procesales exigen la intervención letrada. Esa exigencia de intervención profesional preceptiva -que, por cierto, ni es nueva en nuestro Derecho, ni es una rareza española- es el único supuesto que se da en nuestra sociedad de establecimiento de prestaciones personales de carácter público, según el artículo 31.3. de la Constitución.
Pero esta encomienda legal, por su excepcionalidad y por la naturaleza del servicio prestado, merece una digna consideración y respeto por parte del Estado, y más cuando solo es objeto de una subvención unilateralmente fijada por éste. Añádase que esta carga personal conlleva en no pocos casos, que la Abogacía haya de asumir una parte de los gastos de infraestructura de los servicios.
Pero sigamos adelante.
La ralentización de la actividad legisladora de las Cortes Generales en los dos últimos años al menos nos viene dando un respiro a la, hasta ahora, proliferación y profusión legislativa que teníamos. A cambio de ello el Tribunal Supremo ha cogido el relevo y protagonismo en el ámbito jurídico mediante un puñado de sentencias que, alguna de ellas, no podemos decir que sean ejemplares ni dignifiquen la labor del llamado Alto Tribunal.
Pero permitidme, para compensar, referirme a un acontecimiento positivo, feliz e incluso emotivo: la conmemoración del cuadragésimo aniversario de la Constitución Española. Muchos ciudadanos, yo entre ellos, se sienten orgullosos de la denominada Transición Política que nuestra sociedad llevó delante de forma ordenada, pacífica, consensuada e integradora; que cerró uno más de los muchos episodios grises de nuestra historia, y que abrió el período más próspero y estable de España en los últimos dos siglos. No creo exagerar.
Recientemente hemos tenido la grata oportunidad de tener en nuestro Colegio a Miquel Roca Junyent y a Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, estando pendientes de confirmar la presencia de José-Pedro Pérez Llorca, quien se vio obligado a suspender su viaje a Zaragoza debido a cuestiones personales. Los tres son los “padres de la Constitución” que aún se encuentran entre nosotros, y quienes amablemente aceptaron dar una conferencia en el salón de actos.
Con independencia de cualquier ideología y postura política, es muy difícil negar el gran valor que la Constitución ha dado a nuestro Estado y a nuestra sociedad. Merece la pena mostrarle nuestro respeto y brindarle un homenaje cual si fuese una persona, tal como la trataba el brillante humorista Forges en sus viñetas.
Por lo que respecta a la vida colegial creo que tampoco erraré afirmando que ha sido especialmente activa en este año.
Nuestro Colegio ha sido, al menos en dos ocasiones, un referente en el ámbito jurídico estatal y aragonés:
En el mes de junio celebramos el IV Congreso de la Abogacía Aragonesa, que llevaba dieciocho años sin ser convocado. Fue una buena oportunidad para analizar, junto a los compañeros de Teruel y Huesca, numerosas materias profesionales de interés.
Meses después, en octubre, acogimos las VI Jornadas de Asistencia Jurídica Gratuita convocadas por el Consejo General de la Abogacía Española. Pasaron por nuestro Colegio cerca de doscientos compañeros especializados en esta materia y especialmente sensibilizados con los problemas que genera.
Antonio Morán Durán
Con independencia de lo anterior la actividad formativa se acerca a cien actividades en el año, contando para ello con la inestimable y generosa participación de las cerca de treinta secciones que tenemos. Es un orgullo y honor contar con la colaboración de tantos y tan buenos compañeros.
La vida profesional y colegial no se ha detenido un instante en este año, expresión ello del ánimo e impulso de todos. A pesar de crisis, reveses e ingratitudes, los abogados no cejamos en nuestro empeño. Y seguiremos defiendo no solo nuestros casos y nuestros clientes, sino cualquier causa justa que haya. Nada, ni nadie, quedará indefenso mientras haya un abogado.
El año 2018 declina, pero no nuestro espíritu de trabajo y sacrificio. Sigamos adelante.