Jornadas sobre el nuevo reglamento de extranjería
(Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, publicado en el BOE el día 20 de noviembre)
Isabel Guillén Broto. Presidenta de la Sección de Derecho Migratorio y Extranjería del ReICAZ.

El Salón Carlos Carnicer del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza acogió los días 27 y 28 de febrero, las Jornadas sobre el nuevo Reglamento de Extranjería organizadas por la Sección de Derecho Migratorio y Extranjería con el apoyo de la Comisión de Formación del ReICAZ.

A pesar de que el Reglamento entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025, la intención era realizar unas Jornadas formativas en las que se abordaran los cambios más importantes a fin de dar a conocer a todos los colegiados lo más relevante de la reforma y así poder tener una visión completa con antelación a la entrada en vigor. La asistencia a las Jornadas fue muy alta, acudieron más de 150 personas, la mayoría abogados especialistas en la materia, asistiendo también por invitación expresa del ReICAZ, tanto los abogados miembros del S.A.O.J.I. y el personal del servicio de inmigración del Gobierno de Aragón.

En las Jornadas se expuso la necesidad de que hubiera habido una reforma de mayor calado que abarcara incluso la propia Ley Orgánica de Extranjería y no solamente el Reglamento a fin de dar una mejor respuesta al fenómeno migratorio que ha sufrido muchos cambios en los últimos tiempos. De hecho, uno de los fenómenos que ha desbordado todas las expectativas ha sido el de la llegada de un gran número de inmigrantes que han solicitado en nuestro país protección internacional. A algunos de ellos, como el colectivo de ciudadanos venezolanos y ucranianos, se les ha otorgado cobertura, pero el resto de solicitantes se encuentran en un complicado sistema burocrático de citas, solicitudes, recursos y suspensiones que causa una gran inseguridad jurídica y mucha inestabilidad en su situación personal.

Todo ello se vio agravado tras la sentencia del Tribunal Supremo de 24 de enero de 2024 que vino a realizar una interpretación restrictiva de la consideración del estatus de los inmigrantes cuando son solicitantes de protección internacional. La sentencia vino a establecer que los solicitantes de asilo durante todo el tiempo que son solicitantes, y recurrentes en caso de denegación, no pueden hacer valer el tiempo en el que han tenido ese estatus de solicitantes para regularizarse por otra vía como el arraigo laboral.

Lo que se establecía en dicha sentencia se ha ampliado a través del Reglamento al resto de figuras de arraigo por lo que la situación para estos solicitantes de asilo es que tras la entrada en vigor del Reglamento, el 20 de mayo de 2025, el tiempo transcurrido en España como solicitantes de protección internacional o como recurrentes, en vía administrativa o judicial, de la denegación de protección internacional, los aboca a no poder solicitar otras vías de regularización como el arraigo, puesto que esta figura requiere de la estancia durante dos años en situación irregular en España, pero el tiempo transcurrido en “situación” de solicitantes o recurrentes de protección internacional no va a contar a esos efectos. Es importante destacar que estos solicitantes o recurrentes, son personas en su gran mayoría que se encuentran trabajando legalmente, de alta en la Seguridad Social, cubriendo unos puestos que de otra forma no se pueden cubrir y que tienen que dejar sus trabajos, su situación provisional de protección, para abocarse a nuevos procedimientos y burocracia.

A los efectos de que estos solicitantes de protección internacional puedan obtener residencia de forma extraordinaria se ha aprobado un sistema que les permite acceder a un arraigo excepcional, pero que les aboca a pasar de forma irregular durante al menos 6 meses, además de todo lo que tarde el procedimiento administrativo en tramitarse que pueden ser otros muchos meses. En esta situación es importante conocer las consecuencias del desistimiento y caso de realizarlo, hacerlo con las mayores garantías para que sea efectivo y puedan acogerse a la D.T.5ª.

Intenso programa de conferencias

Además de ese aspecto fundamental, como el Reglamento es muy amplio se tuvo que escoger aquellos aspectos más relevantes. La tarde del jueves se desarrolló en seis diferentes ponencias en las que se abordaron los temas en los que se había producido los cambios más importantes. Inició las Jornadas la ponencia del abogado D. José Vera Martín sobre los Arraigos, figura por la que se obtiene la residencia de forma excepcional, pero que se está convirtiendo en la forma ordinaria de regularización a causa de la realidad de los flujos migratorios. Continuó el letrado D. Alfredo Herranz Asín con su exposición sobre el Estatuto de Familiares de españoles, un sistema novedoso y que cambia la anterior regulación de los mismos a través del RD 240/2007 o la figura del arraigo familiar. La abogada Dª. Begoña Heras Yanguas expuso para finalizar este bloque la regulación de la Disposición Transitoria Quinta a la que se acogerán quienes hayan sido solicitantes de protección internacional, de conformidad con las condiciones allí establecidas.

Tras una pausa se retomaron las ponencias por parte del abogado D. José Ángel Urgel Escolán y el régimen de estudiantes, que también ha sufrido importantes modificaciones. Y tras la misma intervinieron las letradas Dª. Mercedes Ramírez Egaña y Dª. María Pilar Bernabeu Solano sobre las cuestiones generales y transversales y régimen de visados que también fueron abordadas de forma detallada.

Las ponencias del día siguiente se articularon en dos bloques. El primer bloque comenzó con la intervención del magistrado D. Juan Carlos Zapata Híjar, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA que expuso importantes cuestiones de derecho administrativo en relación con el Reglamento, así expuso la naturaleza de lo que es una nota aclaratoria, su distinción de la instrucción, los actos presuntos y expresos, los efectos del silencio, la firmeza administrativa, el desistimiento, etc. A continuación, intervino D. Luis Alberto Pomed Sánchez, Letrado jefe del Servicio de doctrina constitucional del Tribunal Constitucional quien vino a exponer una visión crítica de la norma en cuanto a posibles derechos de los extranjeros afectados, derechos constitucionales de los extranjeros y otros recogidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta Europea de Derechos Fundamentales. Explicó los pros y contras de los distintos sistemas de recursos y la posibilidad para los solicitantes de asilo de acudir al Derecho Europeo invocando una interpretación correcta de la Directiva. En el mismo sentido respecto de los familiares de españoles que puedan solicitar la inaplicación del Reglamento y la aplicación directa de la Directiva aplicable, además de la vigencia del RD 240/2007 pues el mismo no ha sido derogado.

Tras una pausa comenzó la intervención del abogado del ICAM D. Marcelo Belgrano Ledesma, Coordinador del SOJ Extranjeros del ICAM y Vocal de la Subcomisión de Extranjería del CGAE. En su ponencia expuso de forma amplia la situación actual de la realidad de la extranjería analizando los motivos inmediatos de la reforma actual, los diferentes hitos que nos han llevado a la misma y el nuevo sistema de familiares de españoles. Tras esta visión amplia, pero también detallada se pudo abrir un coloquio en el que se abordaron las inquietudes de los asistentes, muchas de ellas referidas a la forma de entender la aplicación de la D.T.5ª con los plazos de desistimiento y formas de realizarlo, pero también otras relacionadas a periodos transitorios, régimen de familiares de españoles,

En definitiva, fueron unas jornadas productivas para todos los asistentes en las que se formularon más preguntas que respuestas, y en las que pudimos plantear problemas que ya vislumbramos van a surgir con su aplicación, y que en definitiva nos ayudaron a realizar una reflexión colectiva en relación a los problemas a los que nos enfrentamos y las diferentes formas de abordarlos y se expusieron ideas interesantes para articular mejor la defensa de los intereses de nuestros clientes.

Quedaron muchas cuestiones por abordar, y todos concluimos que estas Jornadas son un principio y germen de futuros encuentros, ponencias y charlas informativas que tendremos que ofrecer, conforme conozcamos los concretos desarrollos e interpretaciones que tanto la Subdirección General de Migraciones, las Oficinas de Extranjería y los Juzgados y Tribunales vayan realizando sobre el mismo.