Antes de redactar estas líneas, cuando el año 2019 enfila hacia su conclusión, he recordado el artículo editorial del año pasado publicado en Stamdum est Chartae. El resultado del análisis no empuja al optimismo.
Pasados ya dos años la Ley 9/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos de Aragón, permanece sin desarrollo reglamentario. Los servicios de Asesoramiento Jurídico Individualizado a la Mujer, de Asistencia y Orientación Jurídica a Inmigrantes y el de Orientación Jurídica Penitenciaria siguen concretándose mediante Convenios con el Gobierno de Aragón a través de distintas Consejerías, con diferentes plazos de vigencia y con distintos criterios de organización y de compensación. Todo un alarde de diversidad.
El proceso judicial instado por el Colegio, recurriendo ante los tribunales de justicia el Decreto 161/2016 por el que se modificaba el Reglamento de Asistencia Jurídica en Aragón, resultó favorable al haberse declarado nulo el precepto que fijaba los nuevos criterios para la compensación de los gastos de funcionamiento e infraestructura del Colegio en la gestión de los servicios de la justicia gratuita. Sin embrago seguimos pendientes de una concreta propuesta del Gobierno de Aragón tanto para reformar el Reglamento como para liquidar la deuda pendiente. No obstante podemos decir que las liquidaciones se abonan regularmente y que las discrepancias en las mismas, entre el Colegio y la Administración, van paulatinamente reduciéndose.
Pero el marco general del Turno de Oficio y la Justicia Gratuita permanece huérfano de la debida actualización. Muestra de ello han sido las noticias surgidas en las últimas semanas derivadas de los conflictos -una vez más- surgidos entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de la Abogacía Española por esta materia. El sistema actual sigue sin dar satisfacción a numerosas situaciones. La defensa penal de las personas jurídicas permanece ignorada, al igual que las actuaciones de los profesionales en las que el solicitante de justicia gratuita no la obtiene, y no asume -por las razones que sea- el trabajo que se le ha prestado. De la misma forma las dotaciones para la compensación de los gastos de infraestructura colegial se evidencian insuficientes y desfasadas. Y por si lo anterior fuese poco, las cargas burocráticas y administrativas son crecientes y, por qué no decirlo, sustentas en la desconfianza de las Administraciones hacia los Colegios. La única esperanza es el firme compromiso expresado por los altos responsables ministeriales de acometer una reforma sustancial del sistema. Esperemos que las promesas se concreten en hechos.
En este escenario estatal no podemos obviar que la inestabilidad parlamentaria y gubernamental de estos últimos años está dejando huella, pues no se acometen las reformas precisas ni se dispone del instrumento presupuestario preciso. Las Cortes Generales no solo han de cumplir la misión de control del Gobierno sino la de legislar, y aunque no es deseable la excesiva proliferación normativa que hubo en las últimas décadas, al menos es necesario hacer los ajustes a las leyes que se han mostrado ya desfasadas.
Antonio Morán Durán
A pesar de lo expuesto, y de otras significativas fallas de nuestro sistema legal, lo que sí genera optimismo y esperanza es el compromiso permanente de la Abogacía y de todos los profesionales que la componen en el cumplimiento de su misión y de sus deberes. Por ello es un orgullo pertenecer a esta profesión.