Derechos humanos y su violación

Por Maria Pilar Aguado Borrajo, Abogado y Doctora en Derecho y Medicina, por la Universidad de Zaragoza. Presidenta de la asociación de mujeres profesionales del derecho en Aragón.

El respeto de los derechos humanos y la dignidad, así como los principios de libertad, democracia, igualdad y Estado de Derecho, son valores comunes a todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE). Estos valores también guían la actuación de la Unión tanto dentro como fuera de sus fronteras. La acción europea en este ámbito se basa en el Tratado constitutivo de la Unión Europea. La Carta de los Derechos Fundamentales, aneja a los Tratados, define más en profundidad los derechos fundamentales aplicables a nivel de la Unión.

Tenemos que distinguir:

  • Derechos Fundamentales en la Unión Europea

Carta de los Derechos Fundamentales, Dignidad, Libertad, Igualdad, Solidaridad, Derechos de los ciudadanos, Justicia

  • Derechos humanos fuera de la Unión Europea

Instrumento Europeo para la democracia y los derechos humanos. Relaciones con terceros países. Informes. Aspectos reetoriales.

Derechos fundamentales en

la Unión Europea

La Constitución Española de 1978 autorizó con su defensa del Estado de Derecho, el acuerdo del Gobierno Central, presidido en esos momentos por Felipe Gonzalez en el Palacio Jerónimo Real de Lisboa, con el Presidente de Portugal, mediante la firma de la adhesión de ambos países a dicha Unión como Estados miembros de la misma.

Dentro de su territorio, la Unión Europea, concede especial importancia al respeto de los derechos humanos. Sus principios están recogidos en el Tratado Constitutivo de la UE y la Carta de Derechos Fundamentales. La unión se centra en la lucha contra la discriminación, el racismo y la xenofobia y en la protección de los colectivos vulnerables como los niños, las mujeres y las minorías. La Agencia Europea de los Derechos Fundamentales vela por el respeto de los valores esenciales de la Unión.

En relación con el apoyo a la acción de los Estados miembros en a lucha contra la violencia ejercida contra los niños, los adolescentes y las mujeres: Daphne III (2007-2013)

Sobre la lucha contra la violencia sobre los niños, los jóvenes y las mujeres: programa Daphne II (2004-2008) Considera el Programa de Estocolmo y el de la Itaya.

  • Medidas sobre dignidad, Prohibición de tortura
  • Libertades derechos sociales de los trabajadores
  • Derechos de los ciudadanos fundamentales y de ciudadanía (2007-2013)
  • Medidas de Justicia,
  • Reconocimiento de las resoluciones judiciales en materia penal: fortalecer la confianza mutua. Libro verde sobre los procedimientos en materia penal. Libro verde sobre el reconocimiento mutuo de las medidas de control no privativas de libertad.

La carta de los Derechos Fundamentales, reconoce una serie de derecho personales, civiles, políticos económicos y sociales de los ciudadanos y residentes de la UE consagrándolos en la legislación comunitaria. La carta fue elaborada por una convención compuesta por un representante de cada país de la UE y de la Comisión Europea, así como por miembros del Parlamento Europeo y de los Parlamentos Nacionales. Posteriormente con la entrada en vigor del tratado de Lisboa, en diciembre de 2.009, la carta adquirió el mismo carácter Jurídico vinculante que los Tratados.

La Carta de Derechos Fundamentales incluye un preámbulo introductorio y 54 entienlos distribuidos en 7 capítulos: Dignidad, Libertad, Igualdad, Solidaridad, Ciudadanía, Justicia y Disposiciones Generales.

El objetivo de la estrategia de la Comisión consiste en garantizar la aplicación efectiva de los derechos fundamentales recogidos en la carta.

El Consejo se asegura de que se tenga en cuenta los derechos fundamentales en la elaboración de la legislación de la UE. Esto significa que todos los órganos del Consejo tengan que tenerlos presentes en su trabajo.

Además, existe un órgano especializado, el Grupo “Derechos Fundamentales, Derechos de los ciudadanos y Libre circulación de Personas” (FREMP)

En todas las relaciones que mantiene la UE con países terceros e instituciones internacionales, el respeto de los derechos humanos es un componente fundamental. Así, todos los tratados y acuerdos firmados por la UE han de respetar los derechos humanos, tal como se definen en la Carta. Esto supone que todos los órganos del Consejo que se ocupan de asuntos exteriores tienen que incorporar los derechos humanos en sus trabajos. Además, la promoción de los Derechos Humanos es también una prioridad en si misma. El Plan de Acción de la UE, para los Derechos Humanos y la Democracia, adoptado en Julio de 2.015 para el periodo 2.015-2.019

En el Consejo, un órgano especializado, el Grupo “Derechos Humanos” (COHOM), se ocupa de los asuntos internacionales directamente relacionados con los derechos humanos.

La migración

La migración es el término genérico de las dos direcciones: emigración, los que salen y la inmigración, los que entran.

Los conceptos y términos relacionados con los sujetos activos de este fenómeno son:

Aislado: Figura jurídica que contempla a aquellos extranjeros que han llegado a otro país distinto al suyo bajo alguna forma de persecución y como tal considerados por los tratados internacionales y las leyes del país receptor.

Apátrida: termino no reflejado en la Ley. Se trata de un extranjero que no tiene ninguna documentación que acredite su nacionalidad y tampoco el consulado de su país le reconoce o le facilita alguna documentación.

Clandestino: Extranjero que entra y permanece en un país distinto al suyo sin ningún documento que lo avale o lo identifique. La entrada al otro país se hace de forma irregular, sin traspasar los puestos fronterizos.

Colectivo inmigrante: En sentido amplio, grupo de personas procedentes de diferentes países del que se encuentran que forman un entramado social. EN sentido estricto se aplica a los grupos de esas personas que se organizan en funciones de diferentes criterios: por el mismo país de origen, por área geográfica de procedencia, por clima, por religión…

Colonia de inmigrantes: En sentido amplio, grupo de inmigrantes que viven en una misma área geográfica. En sentido estricto, el mismo que aplicado al colectivo de inmigrantes.

Desplazados internos: Estas personas afectadas por un conflicto en su país no han cruzado ninguna frontera y permanecen en sus países de origen.

Emigrantes: Persona que sale de su país, su ciudad, su pueblo o aldea a otro país, ciudad, pueblo o aldea en busca de una mejora laboral, social, profesional…

Extranjero: Persona que ha nacido en otro Estado- Nación distinto del que se encuentra o que no tiene la nacionalidad del Estado- Nación donde reside.

Ilegal: Extranjero que se encuentra en un país, sin los permisos exigidos por las leyes de ese país.

Inmigrante: Persona que entra en un país, juna ciudad, un pueblo o una aldea desde otro país, ciudad, pueblo o aldea en busca de una mejora laboral, social, profesional…

Migrante: Persona que ha realizado un cambio de residencia en cuanto a distancia, tiempo y repercusión socio-económica en los puntos de origen y de destino

Irregular: Inmigrante que aun no teniendo solventada su situación legal de estancia en el país receptor, presenta documentos que le acreditan o identifican.

Red Migrante: Conjunto de lazos directos e indirectos entre los inmigrantes, tanto los desarrollados en el país de llegada como los establecidos con otras personas en su país de origen.

Refugiado: Legalmente es una figura jurídica que contempla a aquellos extranjeros que han llegado a otro país distinto al suyo bajo alguna forma de persecución y como tal son considerados por los tratados internacionales y las leyes del país receptor.

Refugiado a titulo humanitario: Es un subestatuto que representa el nivel inferior de protección al refugiado en el país receptor. En esta categoría se encuentra, por ejemplo, la mayoría de los prófugos de las guerras de la Ex Yugoslavia y Somalia, refugiados en Europa Occidental.

Refugiados de pacto: Otro subestatuto que se refiere a aquellos a quienes se les permite la estancia en el país de acogida a pesar de que no hayan solicitado el estatuto de refugiado, ni tengan intención de hacerlo, a pesar de que haya sido rechazado.

Refugiado en órbita: Son personas a las que no se les devuelve al país de origen porque se supone que en su vida puede correr peligro pero tampoco se les admite en ningún otro país.

Regular: Extranjero venidente de un país que presenta la documentación necesaria para residir y/o trabajar y/o estudiar en él. Al disfrutar de esta documentación tiene derecho a ciertas prestaciones sociales que las leyes contemplan.

Repatriados involuntarios: Repatriados de zonas en conflicto para garantizar su seguridad.

Retornados: Antiguos refugiados que han regresado desde el exilio a sus países de origen.

Trabajador o trabajadores de la Unión Europea: Desde la entrada en vigor del tratado de Maastrich existe libertad de circulación de mano de obra de los países que componen la Unión Europea.

En muchas ocasiones se ha dicho, con propiedad que los conflictos políticos y similares, la aparición de nuevos Estados que han implicado cambios de regímenes y de fronteras, la lucha por la descolonización, la remodelación de regiones enteras, han producido millones de gentes desplazadas y de minorías victimas del hambre y de la violencia.

Podemos considerar:

  • Victima, persona destinada como tal
  • Victima, persona que sufre las consecuencias de una acción propia o de otros
  • Victima, persona que se muere, sufre un grave daño, en un accidente o desastre
  • Victimar, matar o asesinar
  • Victimario, asesino que mata

En el último tercio de este siglo, uno de los grandes cambios en el continente europeo ha sido la configuración de las corrientes migratorias. Hemos de considerar tres periodos:

  • 1959-1973: los flujos de mano de obra a bajo precio contribuyeron a la reconstrucción y al potente impulso económico de los años 60.
  • 1973-1989: En este periodo la proporción de emigrantes por razón de su procedencia, sufrió un fuerte cambio, la crisis económica (que agota la demanda de fuerza de trabajo) no freno los flujos migratorios y se propicia el fenómeno de la ilegalidad o irregularidad de la actividad laboral dando lugar a la economía sumergida
  • 1989 hasta hoy: Como consecuencia de los profundos cambios socio-políticos experimentados en los países del Este Europeo, la emigración se ha multiplicado en el continente debido a la quiebra del sistema en la Europa del Este, a la cada vez más distancia entre Norte y Sur, al polo de atracción que suponía y a los distintos conflictos bélicos, políticos y religiosos.

España fue un país de emigración. Podemos hablar de dos grandes procesos emigratorios:

  • La colonización americana que produjo un flujo constante de españoles hacia aquellas tierras.
  • Después de la Segunda Guerra Mundial, cuando muchos españoles se dirigieron hacia Europa Central
  • Actualmente el volumen de emigrantes españoles en Europa, sin contar los temporeros, ha disminuido considerablemente, principalmente por los retornos a España debido al endurecimiento de las políticas de inmigración de algunos países, a las Dictaduras en el Cono sur latinoamericano y en Guinea Ecuatorial, al cese en el interior de España de los flujos de población campo- ciudad. De ahí, que los últimos años el volumen de extranjeros en España se ha triplicado. Aparecen cinco grupos principales de colectivos inmigrantes:
    • Iberoamericanos: ecuatorianos, dominicanos, peruanos., cubanos, colombianos, chilenos, argentinos, uruguayos
    • Magrebíes: marroquíes, argelinos
    • Africanos: guineanos subsaharianos, caboverdianas, senegaleses, gambianos
    • Europeos del Este: polacos, georgianos, ucranianos, armenios, albanos
    • Ciudadanos de la Unión Europea: portugueses

Los motivos de la dispersión y concentración de extranjero en el mundo desarrollado en las diferentes Comunidades autónomas tienen que ver, fundamentalmente, con las posibilidades de empleo generadas en ellas, aunque también la previa existencia de colonias consolidadas atrae la llegada de otros compatriotas que se encuentran con una red de apoyo y solidaridad ya estructurada.

Atendiendo a las zonas de asentamiento:

  • España Interior (excepto Comunidad de Madrid)
  • Cornisa Cantábrica
  • Andalucía
  • Litoral catalano-levantino-murciano (excepto Barcelona)
  • Comunidades insulares
  • Madrid
  • Barcelona

El proceso de aculturación es la fase inicial que atraviesa todos inmigrante, cuando llega a un país que tiene una cultura distinta a la suya, consiste en la interacción entre ambas culturas y va a tener como resultado, diferentes respuestas adaptativas(integración, asimilación, reparación y marginación) que constituirán su nueva identidad psicosocial.

Aspectos principales dentro de éste proceso de aculturación son:

  • Los valores socio estructurales, individuales y grupales que van a influir
  • Los factores moderadores de esa influencia

Las razones que pueden llevar a emigrar pueden ser y de hecho son muy diversas: persecución por religión, ideas, razón, sexo, mejorar su nivel de vida, conseguir mejor medios económicos, reagruparse con su familia, ampliar sus horizontes sociales, mejorar su nivel formativo, buscar una sociedad “mas moderna”, más libre, más igualitaria, ampliar experiencias vitales…

Lo cierto es que además de la carga de sus experiencias anteriores, los emigrantes tienen que hacer frente a una nueva cultura que e numerosas ocasiones les lleva situaciones que aumentan la probabilidad de convertirse en colectivos vulnerables de marginación como:

  • Personas mayores
  • Mujeres inmigrantes con cargas familiares
  • Menores refugiados o asilados no acompañados
  • Personas refugiadas con alguna discapacidad
  • Mujeres inmigrantes y la prostitución

EL sector e inmigrantes en situación irregular es uno de los grupos de más alto grado de vulnerabilidad debido a sus precarias condiciones de vida y a la ausencia de cobertura de sus necesidades. Por ello, la intervención hacia este colectivo debe estar preparada para abarcar todas las posibles aéreas de una forma global

  • Área sanitaria
  • Área asistencial: ayudas de emergencia, alojamiento y manutención
  • Área legal
  • Área laboral: orientación laboral, bolsa de trabajo y asesoramiento laboral
  • Área cultura y formativa: cursos de alfabetización y lengua española, atención a menores escolarizados, cursos de capacitación para trabajar y ocupación de ocio
  • Actividades de promoción de la mujer y del asociacionismo: taller de habilidades sociales para favorecer la integración de las mujeres inmigrantes en la sociedad.
  • Actividades culturales y de sensibilización
  • Metodología para la intervención con inmigrantes solicitantes de asilo y refugiados. Este ámbito contiene especifidades
    • Funciones de los profesionales que van a realzar la intervención social: el trabajador social es el encargado de llevar a cabo esta intervención
    • Fases metodológicas de la intervención: en el caso que nos ocupa, colectivos de inmigrantes, solicitantes de asilo y refugiados, podemos establecer algunos pasos metodológicos generales para realizar estas funciones (acogida, conocer detectar la situación de carencia o necesidad, orientar y, en su caso, derivar la atención a otras instancias y realizar el seguimiento de los casos)
    • La entrevista como técnica fundamental en la intervención social con inmigrantes y el papel del interprete en el proceso de comunicación (como utilizar los servicios del interprete y la importancia de la confidencialidad)

Recursos:

  • Alojamiento, alimentación, ropero e higiene
  • Asistencia sanitaria
  • Información, orientación y asesoramiento jurídico
  • Servicios sociales
  • Formación: centros de lengua y cultura
  • Mujer
  • Vivienda
  • Aspectos laborales
  • Asociaciones de inmigrantes
  • Asociaciones que trabajan con inmigraciones y minorías étnicas

Es digno de reseñar: la labor de Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Tienen un programa importante, dentro del cual se desarrollan dos proyectos:

  • Proyectos de atención a inmigrantes:

Los objetivos generales de este proyecto son ofrecer servicios encaminados a facilitar la integración de las personas extranjeras que viven en nuestro país y fomentar la estabilidad de los inmigrantes

  • Proyectos de atención a refugiados

Los objetivos generales de este proyecto, son ofrecer servicios encaminados a facilitar la integración socio laboral de los refugiados y atender a las necesidades de apoyo e integración de este colectivo

La inmigración desde diferentes puntos de vista:

1. Desde un punto de vista socio psiquiátrico

Dentro de este apartado, incluimos una importante variedad de disciplinas de la psiquiatría, la psicología clínica, la medicina y la sociología centradas en el estudio de la inmigración como riesgo para la salud física y psíquica del inmigrante. La psiquiatría de la migración engloba todos los enfoques que se ocupan de la incidencia sobre la salud psíquica de los inmigrantes, de los cambios en entornos vitales, es decir, de las consecuencias psicopatológicas de la migración. La medicina social se ocupa de las cuestiones relacionadas con los riesgos provocados por el proceso migratorio sobre la saludo del inmigrante, así como la expresión de estos. La psicología clínica analiza las formas conductuales en el que se desarrollan, si los hubiera, los problemas psíquicos del inmigrante.

Para explicar la relación entre los trastornos psicopatológicos y las circunstancias de la migración se pueden exponer cuatro hipótesis:

  • Hipótesis de selección: esta hipótesis psiquiátrica afirma que algunas formas de movilidad social (por ejemplo, la migración) están frecuentemente determinadas por las características personales
  • Hipótesis del estrés sociocultural: esta teoría sociológica parte del supuesto de que los fenómenos psicopatológicos en inmigrantes pueden ser reacciones especificas al estatus del trabajador extranjero en el que se encuentra.
  • Hipótesis del proceso de duelo: proviene del psicoanálisis y explica el doble reto de adaptarnos a las exigencias impuestas por el nuevo entorno y elaborar el duelo por las perdidas sociales y psicológicas a causa de la emigración
  • Ausencia de relación significativa:esta última hipótesis considera que existe una relación etiológica insignificante entre la inmigración y los factores predisponentes o desencadenante de enfermedades psíquicas

2. Inmigración desde un punto de vista psicosocial

El tratamiento de este amplio tema nos acerca a las dimensiones psíquicas de la novedad, la incertidumbre, el conflicto y la complejidad. Los elementos decisivos que afectan a la inmigración tocan igualmente el ámbito de la psicología de la motivación, la estimulación de la atención y la conducta de exploración

La socialización es un proceso de por vida. El inmigrante se encuentra ante una serie de demandas psicológicas por una parte de su nuevo entorno producidas a varios niveles: perceptivo, cognitivo, conductual y emocional que hace posible el “estrés por choque cultural”

  • La fase del encuentro cultural: que se entiende, como el resultado de un cambio repentino, supone una reorganización de vida, una nueva identidad, un Yo adaptado a la nueva cultura, que puede sustituir el duelo de un hogar perdido. Todo esto nos lleva a la llamada “Teoría cognitivo-transicional del estrés de Lázarus”

  • También surgen variables intervinientes en las relaciones salud mental- migración:
    • Respecto al sexo, pues la incidencia es mayor en mujeres
    • Respecto a la edad, infancia, adolescencia, tercera edad
    • Personalidad, que tiende a seguir dos caminos, los que buscan nuevas experiencias (ocnofilia) y los que tienden a aferrarse a lo seguro (filobatismo)
    • Aspectos médicos y psicológicos: (patoplastia)
    • Aspectos psicológicos: los principales son la depresión, la hipocondría- somatización, la ideación paranoide, trastorno de ansiedad generalizada, ansiedad fóbica, agorafobia, trastornos del sueño, trastornos por estrés postraumático, psicofísico.

Todos estos problemas están representados en el Síndrome de Burno- out que aparece como respuesta a la tensión emocional crónica creada por el contacto continuo con otros seres humanos. Este síndrome presenta síntomas a nivel psicosomáticos conductuales, emocionales y defensivos que provocaran situaciones desagradables tanto ene l ayudador como en el ayudado.

El problema de la inmigración se ha recrudecido con las guerras y se han organizado huidas masivas en países. Países como Irak, países perseguidos en sus fronteras por el terrorismo Yihadista**, actos de terrorismo en Francia. España y otros países que han obligado a establecer alerta extrema. Concretamente en Málaga se ha celebrado la Cumbre Hispano Francesa hace unos días, pero recientemente esta lacra se cebó en Francia.

Intercambio de personas terroristas que se introducen en países y forman células destructivas creando actos terribles contra la población. La UE ha tratado y trata de buscar soluciones, pero a veces las circunstancias desbordan. Países como Grecia y Turquía con un ejemplo.

Las fronteras en Ceuta son invadidas por grandes avalanchas de huidos hacia España que consiguen el salto de la valla. El otro día el Ministerio de Justicia, Catalá y el de Interior Zoido, han hablado de un Pacto de Estado.

La trata de seres humanos, es la esclavitud de nuestro tiempo y constituye una flagrante violación de los derechos humanos. Es un delito grave que afecta a mujeres, hombres, niños y niñas. Esperemos que las ayudas a la UE para resolver los diferentes Estados miembros dichos problemas se solucionen (son las palabras de Cecilia Malmstrán, Comisaria de Asuntos de Interior)

Tras la crisis de los refugiados subyace el fracaso político de la UE. EL primer fallo fue dejar que interviniesen las mafias. Es un fracaso en el encuentro de una política común. Son opiniones de autores como Samé Nair, catedrático de Ciencia Política, así como en lo cual inciden en la comentada cuestión de Turquía.

** La guerra terrorista en Siria. Es digno de reseñar la crueldad contra la ciudad de Alepo, victimas masivas de familias, mujeres, niños, ataque a hospitales. La ciudad de Homs está toda destruida como Alepo.

 

La UE se enfrenta a dos tipos entre mezclados de demanda migratoria: una estructural, la delos inmigrantes económicos y otra coyuntural, al de los solicitantes de asilo. Los primeros intentan escapara de la miseria de países pobres no comunitarios, los refugiados huyen de situaciones de guerras civiles.

Las migraciones son tan antiguas como la humanidad y, no existe hoy ni Estado ni nación que no sea producto de movimientos migratorios.

Aunque las particulares condiciones de cada época determinaron la forma de la migración, la razón básica siguió siendo la misma. Es evidente que la corriente migratoria es extraída en forma creciente de los países subdesarrollados. En estados Unidos el origen principal de esa corriente pasó de Europa del Norte, Oeste y Centro los países de Asia, América Latina, Europa del Este y del Sur. Y África y Asia desempeñan en Europa un rol cada vez más activo como proveedores de inmigrantes.

En concreto España venía siendo un país donde se emigraba hacia otras tierras, y no en un lugar al que otros venían. Por tanto, de no ser tradicionalmente un país de emigración ha devenido actualmente en un país de inmigración.

En nuestro país fue sobre todo durante la década de los años sesenta y primeros de los setenta cuando se produjo la salida masiva de trabajadores de distintas regiones españolas hacia países como Alemania, Francia o Suiza. Posteriormente, la recesión económica mundial de 1973 hizo que la situación cambiara radicalmente. Las circunstancias demandaban un obligado retorno a la patria.

Dejando de lado los movimientos de población que se nutren de la mayor movilidad existente entre miembros de los países ricos, lo que ocasionaría menores “problemas”, y las actuales migraciones se rigen por la demanda, casi siempre muy angustiosa, de los que deciden emigrar.

Por lo demás, la transformación de España en País de inmigración, juntos con los cambios normativos provocados por La Constitución de 1978 y la entrada de España en la Comunidad Europea en 1986, han exigido sucesivas respuestas legales para adaptarse a las cambiantes realidades socio jurídicas.

Posteriormente se produce un retroceso legislativo. Así la ley orgánica /1985 de Derechos y Libertades de los extranjeros en España, más conocida como “Ley de Extranjería”, se ajusta tal denominación a un texto cuyo contenido esencial más que regular derechos parece establecer controles, permisos y sanciones. Al inicio de los noventa, conscientes de la clara conversión de nuestro país en recibir inmigrantes, se intenta rectificar el rumbo con la Proposición no de Ley, de 9 de abril de 1991, por lo que el Congreso insta a desarrollar una política activa de inmigración.

No obstante, presenta ambigüedades, al oscilar entre asumir medidas de control y otras favorecedoras sobre la integración social. Destaca el llamado Plan para la Integración Social de los inmigrantes pos el Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 1994, aunque todavía sea una declaración de intenciones, fue un elenco de realizaciones.

En términos generales, las inmigraciones hacia la Unión Europea, reflejan una presión continua por parte de los países de norte de África (Túnez, Marruecos y Argelia) sin olvidar otra serie de países del Continente africano que por diversas circunstancias también deciden emigrar.

Existe una responsabilidad de los países desarrollados en el mantenimiento de los grandes desequilibrios internacionales. España no escapa a esa responsabilidad, dada su situación de Primer Mundo: al que también le atañe un deber de solidaridad internacional. Ni tampoco debe omitir sus obligaciones derivadas de lazos históricos con Iberoamérica, Filipinas, o Guinea ecuatorial.

España, y el resto de países de la Unión Europea, en especial aquellos que tradicionalmente han acogido y albergan una gran pluralidad de razas, deben llevar a cabo una cultura de acogida y encuentro.

Las migraciones ya sean de trabajo o de asilo, son uno de los grandes desafíos del siglo XXI.

La cancillería rusa, a través de su Ministro de Asuntos exteriores ha hecho una dura crítica a la situación de los derechos humanos en la Unión Europea.

En primer lugar, el Consejo de la ONU para los Derechos Humanos, en general, la ONU, la OCDE y el Consejo de Europa no deben usados para disensiones políticas. Es importante que la Comunidad Internacional se concentre en llevar a cabo un dialogo constructivo, en trabajar para resolver los desafíos que tenemos acumulados hoy día en este campo.

En el Reino Unido, se ha creado un gran problema con el “Brexit” son palabras de Yuncker “ la factura del Brexit será muy cara”

Habrá que tener en cuenta, el derecho de los ingleses estacionados fuera y de los de fuera estacionados en Inglaterra.

El problema choca con determinaciones políticas de Irlanda y otros que se irán añadiendo.

Otros problemas están relacionados política y legalmente con las victimas más “sensibles” de los movimientos migratorios

  • Ya la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, se refería a las medidas concretas en materia de Seguridad Ciudadana, violencia domestica e integración social de los extranjeros
  • El tratado de Lisboa hace de la promoción y protección de los derechos del Nilo, uno de los objetivos de la Unión Europea. Por otra parte, tales derechos están recogidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que insta a las autoridades públicas y las instituciones privadas a que conviertan el respeto del interés superior del niño en un elemento clave para la definición y la aplicación de medidas destinadas a los niños. Así mismo, los Estados miembros han firmado la Convención de las naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

El programa de la Comisión para los Derechos del niño, pretende que todas las políticas de la UE, que tengan repercusión sobre los niños respeten sus derechos. Define los principios y objetivos de la UE, en este ámbito y presenta acciones que la Comisión llevará a cabo en los próximos años:

  • Directiva 20/2/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 en la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos
  • Ley 4/2015 de 27 de abril del Estatuto de la víctima del delito

En ella se parte de un concepto amplio de víctima, por cualquier delito y cualquiera que sea la naturaleza del perjuicio físico, moral o material que se le haya irrogado. Comprende a la víctima directa, pero también a las victimas indirectas, como familiares o asimilados.

  • Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre por el que se desarrolla la Ley 4/2015 de 27 de Abril.

Recoge en su título II el Consejo Asesor de Asistencia a las víctimas con carácter de órgano consultivo.

En su Título III se habla y desarrollan las oficinas de Asistencia a las victimas

  • El Consejo General de la abogacía española, recuerda que los países de la UE que incumplan las normas europeas sobre asilo y refugio pueden incurrir en un crimen internacional

01/09/2015 Ante la importante crisis migratoria que se está produciendo en Europa, la abogacía de España recuerda que los Estados que conforman la UE están obligados a dar asistencia a refugiados y a personas desplazadas en cumplimiento del derecho de la Unión, basado en los principios de solidaridad y cooperación administrativa entre los estados miembros.

El citado derecho de la UE en lo relativo al asilo y refugio está conformado por las siguientes normas:

  • El artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
  • El artículo 18 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE que garantiza el derecho de asilo dentro del respeto de las Normas de la Convención de Ginebra de 28 de Julio de 1951, y del protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados y de conformidad con el Tratado de la Unión Europea y con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
  • La UE, en desarrollo de ese conjunto de derechos, ha fijado un cuerpo de rigurosas normas comunes que constituye lo que denomina Sistema Europeo Común de Asilo (SECA) conformado por: la Directiva sobre procedimientos de asilo de 2013/32 de la UE, la Directiva sobre condiciones de acogida de 2013/33/UE, la Directiva sobre requisitos de 2011/95/UE, el Reglamento de Dublín (604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo) y el Reglamento Eurodac (G04/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo)
  • A ellos se debe añadir la Directiva sobre protección temporal en caso de personas desplazadas y medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados Miembros para acoger a dichas personas (D.2001/55/CE), que en la crisis migratoria actual puede jugar un papel decisivo.

La abogacía reitera que todos los Estados miembros de la UE están obligados por este conjunto normativo. Por ello, España, junto con los demás países de la Unión debe apoyar y poner en práctica las decisiones de las instituciones de la Unión Europea dirigidas a solucionar, u al menos paliar, los efectos de la crisis migratoria actual.

Desde la subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española se darán instrucciones precisas a los diferentes Servicios de Asistencia jurídica de los colegios de abogados especializados en extranjería y asilo para el cumplimiento de tal compromiso al mismo tiempo insta a la Subdirección General de Asilo del Ministerio del Interior, con el fin de que coordine las acciones de protección más urgentes

La UE se juega en esta crisis, quizás como nunca antes su credibilidad como espacio de respeto de los Derechos Humanos.

El Colegio de Abogados de Zaragoza por Circular 33/2015 de 7 de septiembre se muestra solidario con cuantas medidas se hayan de adoptar en este sentido y apoya la iniciativa del Consejo General de la Abogacía Española.

El Consejo General de la Abogacía Española, Circular 04/09/2015, ha puesto en marcha un Registro de Abogados especializados en una materia de inmigración y asilo, que se pondrá a disposición de las autoridades españolas y de la UE, para abordar la asistencia jurídica de los potenciales refugiados y personas desplazadas

La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de Julio, modificó la Ley Orgánica de 6/1985 de 1 de Julio del Poder Judicial: estableciendo en un artículo único modificaciones relacionadas con los órganos de la jurisdicción militar; aplicación del Derecho de la Unión Europea ; recurso de revisión ante el Tribunal Supremo , cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos establezca alguna violación de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo; y en relación con los Tribunales civiles españoles, conocerán de las pretensiones que se susciten en territorio español, con arreglo a los establecido en los tratados y convenios internacional en los que España sea parte, en las normas de la Unión Europea y en las leyes españolas.

Dentro de sensibilización ante las victimas toman un especial relieve la violencia de genero.

Ya desde la Conferencia de Pequín de 1995, cuando miles de mujeres, se reunieron para coordinar una respuesta conjunta a la desigualdad de género, se desatacó la importancia de implicar al hombre en la lucha por los derechos de la mujer

Esta desigualdad se ve en el domicilio, pero también en la calle, en los locales de ocio, etc.. creando un ambiente de odio y la formación de cotes de delincuencia y graves patologías que inducen al delito.

Desde el año 2003, el observatorio contra la violencia doméstica y de género (OVD y G) celebra periódicamente un congreso con los colectivos profesionales relacionados con la Administración de Justicia, para, desde una mirada interdisciplinar, evaluar la incidencia de la legislación vigente y mejorar la coordinación institucional.

La violencia de género, es un obstáculo para la Igualdad y la Justicia. El cuatro de Noviembre de 2016en VI Congreso sobre Violencia Domestica y de Genero: pretende constituir un espacio de reflexión sobre la situación actual y sobre las medidas necesarias para mejorar la respuesta institucional contra la violación de derechos humanos que significa la violencia contra las mujeres y sus hijos e hijas.

Los objetivos principales del VI Congreso, se centrarán en abordar los siguientes ámbitos:

  • Las recientes reformas legislativas y las líneas de actuación en violencia de genero
  • La protección a las víctimas y los/las menores, con especial referencia al Estatuto Jurídico de la Victima de Delito, las oficinas de atención y las ONGS
  • La violencia en jóvenes y adolescentes: el papel de las nuevas tecnologías de la información, el ciberacoso. Acciones de prevención y protección desde las Administraciones

La IV Cumbre de Mujeres Juristas del Colegio de Abogados de Madrid, celebrado los días 20 y 21 de octubre de 2016, con el título “Siglo XXI ¿una sociedad, por fin, en igualdad?

Los casos de muertes, han aumentado en nuestro país de una manera alarmante. De tal forma que convendría añadir la coletilla de “Día Internacional de la mujer viva”

Por otro lado, se plantea un Pacto de Gobierno en la reunión del Ministro del Interior, Zoido, Ministro de Justicia y Ministra de Sanidad

Recientes problemas planteados por EEUU

Con la marcha del Presidente Obama ha accedido en un País tan importante a escala mundial, como EEUU algo distinto, un nuevo nacionalismo, que en palabras de José Luis Martin Carolada “La consigna ultranacionalista del Presidente Trump, America Firts” coreada masivamente por sus seguidores, los europeos, debemos oponer un enérgico y supranacional “Europa First –Europa primero” . Ante las insolencias de Trump , Europa defenderá su dignidad y sus valores. Si Trump sigue al ritmo “Decretator” pondrá al mundo “patas arriba”

Piensa reforzar el armamento militar y habla de confrontaciones bélicas en aumento, con un discurso desafiante. No sólo se necesitan Fuerzas Armadas en el campo de batalla, se necesitan socios civiles fuertes en la batalla contra los factores impulsores del extremismo: la falta de oportunidades, la inseguridad, la injustica y la desesperanza.

Con relación a la migración, y concretamente la mexicana, ha contestado levantando el muro y decretando reducciones de emigrantes. Trump se ha olvidado que fue de la mano de su abuelo, como emigrante – Donald Drumpf, que era alemán (aprendiz de peluquero) como entró en EEUU.

No se trata aquí de relatar lo hecho por Trump en menos de unos meses, sino su despótica posición, ante Instituciones y Países que traerán consecuencias desastrosas como algunos no le frenen.

Trump, pide inmunidad para arrancar el motor del país. Él llámala política de inmigración “euur catastrófico” y ha llegado a acusar a Barak Obama de espiarle y organizar una contrarreforma a su política sanitaria

Comentario final

Simplemente intentamos plantear la situación actual con un interrogante, que seguiremos analizando, pues recientemente presenta una nueva orden migratoria y saca a Iraq de la lista negra de países vetados. Los inmigrantes con permiso de residencia no están incluidos esta vez… En este momento ha enviado misiles como respuesta a los enviados por Corea del Norte creando conflictividad con China y Corea del Sur